1.- Antecedentes

El presente informe tiene por objeto explicar la reciente atribución de las bandas de 60 m y 30 m para el servicio de aficionados a las radiocomunicaciones (radioaficionados) en Chile, así como a los requisitos y condiciones para hacer uso de las mismas.

En Chile, la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) es el organismo encargado de la administración y gestión del espectro radioeléctrico, y el Plan General de Uso del Espectro radioeléctrico (PGUER), aprobado por Decreto Supremo (DS) Nº 127 de 6 de marzo de 2006, y sus modificaciones, es el instrumento legal que atribuye las bandas del espectro a los distintos servicios de radiocomunicaciones (comunicaciones terrestres fijas o móviles, comunicaciones satelitales, radiodifusión sonora y televisiva, radioaficionados, radioastronomía, etc.).

El PGUER es elaborado y actualizado por SUBTEL sobre la base del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que es revisado periódicamente en las Conferencias Administrativas Mundiales de Radiocomunicaciones  CAMR (WARC en Inglés).

En la WARC de 1979 se crearon las bandas de 30m, 17m y 12m, que se sumaron a las anteriormente atribuidas por la UIT para el servicio de radioaficionados; en la CAMR de 2015 se agregó la banda de 60 m. En la tabla 1 se muestran los rangos de frecuencias atribuidos a cada banda en las respectivas WARC.

Banda
Rango KHz
60m
5.351,5 - 5.366,5
30m 10.100 - 10.150
17m 18.068 - 18.168
12m 24.890 - 24.990

Tabla 1 - Las bandas de 60, 30, 17 y 12 m y sus rangos de frecuencias

2.- Cuándo pueden los radioaficionados chilenos usar esas bandas

 

Para que una banda atribuida en el PGUER pueda ser utilizadas por un servicio específico, no basta con que haya sido publicada en el Diario Oficial; es preciso, de manera adicional, que un Reglamento o Norma Técnica dictado por SUBTEL disponga la forma en que ese servicio podrá hacer uso de esa banda y que además el o los usuarios de la misma dispongan de permisos o títulos habilitantes que les asignen las frecuencias correspondientes.

 

En el caso de las bandas de 60 m y 30 m, ese Reglamento ya existe y es precisamente el Reglamento del Servicio de Aficionados a las Radiocomunicaciones, DS N° 523 de 21 de septiembre de 2006, modificado por el DS Nº 213 de 21 de abril 2013.

Además, los radioaficionados con licencia vigente pueden hacer uso de las bandas que les hayan sido asignadas en el PGUER, conforme lo que establece ese mismo Reglamento.

3. Clases de licencia requeridas para usar las bandas de 60 m y 30 m

El Reglamento vigente señala que los radioaficionados que sean titulares de una licencia de clase General o Superior, podrán operar en todas las bandas de frecuencias atribuidas al servicio, de acuerdo a lo dispuesto en el PGUER (artículos 9 y 11 del Reglamento). En consecuencia, los radioaficionados de clase General o Superior pueden hacer uso de las bandas de 60 m y de 30 m.

En lo que respecta a los radioaficionados que sean titulares de una licencia de clase Novicio, el Reglamento vigente señala que sólo podrán operar en las bandas HF de 3,5 MHz, 7 MHz, 10 MHz y 28 MHz, en las bandas VHF de 50 MHz, 144 MHz y 220 MHz y en las bandas UHF de 430 MHz, 1.270 MHz, 2.400 MHz y 5.650 MHz (artículo 13 del Reglamento). En consecuencia, los radioaficionados de clase Novicio sólo pueden hacer uso de la banda de  m (10 MHz).

En lo que respecta a los radioaficionados que sean titulares de una licencia de clase Aspirante, el Reglamento vigente señala que sólo podrán operar en las bandas HF de 3,5 MHz, 7 MHz y 28 MHz, y en la banda VHF de 144 MHz (artículo 15 del Reglamento). En consecuencia, los radioaficionados de clase Aspirante no pueden hacer uso de las bandas de 60 m o de 30 m.

Con todo, en los casos anteriores deben respetarse las correspondientes modalidades de operación (fija o móvil) así como los límites de potencia establecidos en el Reglamento. Sin embargo, es preciso tener presente que el PGUER dispone que las estaciones de radioaficionados que utilicen la banda de 60 m no deberán rebasar una potencia radiada máxima de 25 W PIRE (Potencia Isotrópica Radiada Equivalente), es por esto que quienes usen Antenas con Ganancia deberán ajustar sus equipos de Radio con una potencia inferior a estos 25W, para radiar 25W al salir al Aire.

Por ejemplo, si en 60 m se emplea un dipolo de media onda, que tiene una ganancia de 2,15 dB con respecto a una antena isotrópica, la potencia máxima de salida del transmisor debe ser de 15 W.

4. Modos específicos de transmisión recomendados

Para Clases: CE, XQ

Para Clases: CA, CE, XQ


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